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Título del Trabajo: La edición genómica en Europa

Comentario: Cambios en el horizonte

Hasta cierto punto puedo entender el prejuicio atado a la edición genética humana, especialmente edición embriónica. Pero ciertamente, la postura rígida de las instituciones legislativas europeas frete a la normalización de ediciones genéticas en otros organismos es incomprensible. Este echo se convierte mas incongruente si tomamos en cuenta que la doctora Emmanuelle Charpentier fue la cocreadora de CRISPR.

Preguntas:

¿Cree usted en la posibilidad que las directivas europeas, en lo que a edición genética concierne, sean cambiadas en un futuro cercano?  

¿Han cambiado la actitud hacia la edición genérica luego de que Jennifer Doudna y Emmanuelle Charpentier ganaran el premio Nobel?


Bachelors of Sciences Emilio Ramirez Fajardo Eastern Mennonite University (2021-11-14)


Respuestas


Comnetario: Re: Cambios en el horizonte

La cuestión de la edición genómica se puede plantear desde dos perspectivas:

1.- Aplicada a los seres humanos (es el trabajo que he presentado)

2.- Aplicada a los seres vivos no humanos. No he dicho nada sobre esta cuestión porque es muy compleja y necesita un espacio separado. Aun así, trataré de resumir la situación en Europa.

 En la Unión Europea los OMGs se rigen por el principio de precaución (tomar medidas frente al riesgo al cuadrado: no sabemos lo que no sabemos), y por ello se atiende tanto a la técnica empleada como al resultado final. La normativa básica es muy antigua, demasiado (la principal es una directiva de 2001), y se ha quedado desfasada (veinte años en biotecnología es un mundo).

 En Estados Unidos no aplican el principio de precaución (solo atienden a los riesgos probables, no a los posibles) y su reciente legislación regula por el resultado final, no por la técnica empleada

  Aunque las directivas europeas se han quedado desfasadas, en realidad el principal escollo ha venido dado por una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (máximo órgano judicial).

  En efecto, la técnica de edición genómica Crispr permite introducir modificaciones genéticas en las semillas o en embriones que son indistinguibles, muchas veces, de las que se producen naturalmente (por agricultura tradicional o por apareamiento).

   Pues bien, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha amparado en el principio de precaución para dictaminar que los organismos modificados con CRISPR son OMGs a los efectos legales (es decir, se les aplica la directiva de 2001 sobre OMG, lo que dificulta y enlentece su entrada en el mercado).

     Por explicarlo más claramente, aunque sea un ejemplo algo burdo: en EEUU da igual si una manzana la has conseguido mediante ingeniería genética o mediante agricultura tradicional, lo relevante es que es una manzana, comestible y que no causa daños a los seres humanos. En Europa, si las mutaciones presentes en dicha manzana se lograron con la técnica CRISPR, la manzana es un OMG a efectos legales y debe sujetarse un estricto proceso de control (aunque sea idéntica a una manzana lograda con agricultura tradicional y nadie sea capaz de distinguirlas).

   La industria biotecnológica europea está presionando a la UE para que siga el modelo de regulación de Estados Unidos (si no lo hacemos, corremos el riesgo de quedarnos retrasados tanto científica como económicamente). Y en efecto, la UE está ahora revisando su normativa y es muy probable que siga el modelo norteamericano (regular por el resultado final, no por la técnica empleada) a corto plazo.

   Por otra parte, Emmanuel Charpentier ha firmado al menos dos escritos en Nature proponiendo moratorias científicas con respecto a la técnica de edición genómica crispr tanto en seres humanos como en el caso de los gene drivers en seres vivos no humanos. A pesar de ser la descubridora, es muy consciente de los riesgos.

  Por mi parte, estoy de acuerdo con que la legislación europea no puede permitirse el lujo de quedarse tan retrasada en regular estas materias. Aun así, estimo que debemos ser conscientes de que este tipo de técnicas son muy diferentes a las empleadas antes por la humanidad; que se pueden provocar, consciente o inconscientemente, de buena o mala fe, cambios sustanciales e irreversibles en los ecosistemas (piénsese en los efectos de emplear gene drivers en mamíferos para exterminarlos, como estuvo a punto de suceder en Australia); y que los criterios del mercado no deben ser los únicos, ni los principales, a la hora de regular este tipo de tecnologías. Hay demasiado en juego. Debemos encontrar un equilibrio entre la prudencia y el progreso tecnocientífico, algo que obviamente no resulta nada fácil.

  Por supuesto, existe mucha más información relevante, pero por motivos de espacio no puedo ampliar la redacción. Espero haber aclarado al menos la situación por acá.

    Reciba un cordial saludo

manuel Universidad Pablo de Olavide. Sevilla. España (2021-11-17)